Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

FRACCIÓN XXII - INFORMES PROGRAMÁTICOS PRESUPUESTALES, BALANCES GENERALES Y ESTADOS FINANCIEROS

Fracción-XXII

Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.

Artículo 95 ° Fracción XXII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripción:Cada uno de los sujetos obligados debe publicar y actualizar la información financiera registrada en su Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG), en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Acuerdo por el que se emite el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental publicado en el DOF el 20 de agosto de 2009 y demás normatividad aplicable.


Nuestro gobierno, es para construir una nueva historia, una historia de modernización y progreso, de manera equitativa.


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