Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

FRACCIÓN II - FACULTADES DE CADA ÁREA

Fracción-II

Las facultades de cada área.

Artículo 95 ° Fracción II Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripcion:En cumplimiento a esta fracción, los sujetos obligados publicarán las facultades respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico o normatividad equivalente respectiva, entendidas éstas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones.


 

Nuestro gobierno, es para construir una nueva historia, una historia de modernización y progreso, de manera equitativa.


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