Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

FRACCIÓN XXVI - PERSONAL CONTRATADO POR HONORARIOS

Fracción-XXVI

Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados o subcontratados por estos, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.

Artículo 95 ° Fracción XXVI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripción:En cumplimiento de la presente fracción, los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios; entendiéndose éstos como los servicios que se contratan y/o prestan a cambio de una retribución por ellos.


{tab 2024}

{tab 2023}

 

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Nuestro gobierno, es para construir una nueva historia, una historia de modernización y progreso, de manera equitativa.


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