Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

FRACCIÓN XXX - GASTOS DE REPRESENTACIÓN Y VIÁTICOS

Fracción-XXX

Los gastos de representación y viáticos de cada uno de sus servidores públicos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.

Artículo 95 ° Fracción XXX Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripción:El Clasificador por Objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable define a los servicios de traslado y viáticos como las “asignaciones destinadas a cubrir los servicios de traslado, instalación y viáticos del personal, cuando por el desempeño de sus labores propias o comisiones de trabajo, requieran trasladarse a lugares distintos al de su adscripción”.


Nuestro gobierno, es para construir una nueva historia, una historia de modernización y progreso, de manera equitativa.


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