Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

FRACCIÓN L - INDICADORES DE TEMAS DE INTERÉS

Fracción-L

Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer.

Artículo 95 ° Fracción L Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripción:Se entiende por temas de interés público o trascendencia social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, fracción XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, aquella información que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados. Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a los indicadores que valoren los resultados del sujeto obligado en su conjunto, de acuerdo con su misión, objetivos y/o atribuciones previstas en las disposiciones que los regulen.


Nuestro gobierno, es para construir una nueva historia, una historia de modernización y progreso, de manera equitativa.


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