Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

FRACCIÓN LIII - ACTAS DE SESIONES

Fracción-LIII

Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos, comités técnicos y juntas directivas o de gobierno.

Artículo 95 ° Fracción LIII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripción:En la presente fracción se deberán publicar en un formato de tabla todas aquellas actas derivadas de las sesiones celebradas por los consejos consultivos, comités técnicos y juntas directivas o de gobierno de los sujetos obligados, según sea el ámbito de su competencia, en el que se distingan las sesiones ordinarias y las extraordinarias, así como los documentos de las opiniones y recomendaciones que emitan dichos organismos; además se vinculará a los documentos correspondientes. La información que genere en la presente fracción el organismo de protección de los derechos humanos, el órgano garante del derecho de acceso a la información y protección de datos personales, deberá guardar correspondencia con lo publicado en el artículo 99 fracción II, inciso g) y fracción III, inciso d) respectivamente de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.


Nuestro gobierno, es para construir una nueva historia, una historia de modernización y progreso, de manera equitativa.


Info de Contacto

Hidalgo y Morelos #32, Centro Histórico

(673) 735 0292 y 735 0275

  presidencia@mocorito.gob.mx

www.mocorito.gob.mx
});